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Al parecer, en los próximos días puede saltar la liebre con la publicación en el BOTHA de una nueva ayuda a la contratación por cuenta ajena. Por lo que hemos visto en un borrador definitivo, se trata de una subvención que os resumimos escuetamente debido a la rapidez de los acontecimientos. Al parecer es una subvención directa al empleo que Lanbide  va a externalizar su gestión a los Departamentos de Empleo de los Ayuntamientos. Algo que quizás genere alguna incertidumbre inicial. La dotación presupuestaria es de 1 millón de euros con lo que fácilmente se pueden crear entre unos 150 y 200 puestos de trabajo en los próximos meses. La diferencia fundamental con otras ayudas o bonificaciones a la contratación que existe en la Seguridad Social es que estas son permanentes, y en este caso -como todas las ayudas- son puntuales y se acude en competencia directa con otros candidatos por lo que es importante la agilidad en el momento de la tramitación. Para ello, os recomendamos realizar ya una primera selección del personal que queráis contratar y para ello os ayudéis de una buena empresa de selección y una asesoría como la nuestra que os facilite todos los trámites.

Resumen de las Bases que parece se van a publicar en breve.

  • Requisitos empresas beneficiarias:
    • Al corriente en sus impuestos
    • Domiciliadas en Vitoria o polígonos de  max. hasta 20 km
    • Que la contratación suponga un aumento de plantilla
    • Contrato mínimo de 3 meses
  • Requisitos trabajadores beneficiarios:
    • Inscritos como demandantes de empleo en Lanbide
    • No disponer de vínculo familiar de hasta 2º grado con el empresario o con quien tenga el control empresarial
  • Acción subvencionada:
    • Cualquier contrato laboral entre 3 y 6 meses, excepto el de formación y aprendizaje.
    • Una jornada mínima del 50%
    • Contratos realizados entre la publicación en el BOTHA y máximo hasta el 15 de mayo de 2105
    • Plazo para al solicitud quizás hasta el 30 de septiembre
  • Cuantía
    • Hasta 7.600 euros por 6 meses a jornada completa, si la jornada es inferior se reducirá proporcionalmente
    • Nunca superará el 95% del coste salarial (salario bruto mas seguridad social a cargo de la empres)
  • Compatibilidad
    • Compatible con otras ayudas siempre que no se supere el importe del 100% del coste subvencionado
    • Respetando la Ley de Minimis de máximo subvencionable a una empresa hasta 200.000 euros en tres ejercicios seguidos
  • Criterios de concesión:
    • Fecha de registro de entrada
    • Preferencia a las empresas de menor plantilla

Para solicitar información y tramitar las solicitudes tendremos que esperar primero a la publicación de estas Bases en el BOTHA por lo que os recomendamos un poco de paciencia, estar atentos, y no precipitar las decisiones. TENGASE EN CUENTA QUE ESTA INFORMACION NO ES MAS QUE UN BORRADOR Y PUEDE SER MODIFICADA